Calcular el sueldo neto
De bruto a neto, con IRPF y pagas extra.
Sueldo e Impuestos
Fijar tu tarifa como autónomo.
Es el cambio más relevante del régimen de autónomos en los últimos años, y modifica por completo el cálculo.
Hasta 2023, casi todos los autónomos elegían base mínima y pagaban una cuota fija con independencia de lo que ganaran. Desde entonces, la cotización se determina por tramos según los rendimientos netos previstos.
Eso significa dos cosas. Primera: al empezar, debes estimar tus rendimientos y elegir el tramo correspondiente, con posibilidad de cambiarlo varias veces al año si tu previsión varía.
Segunda: al cerrar el ejercicio se regulariza. Si ganaste más de lo previsto, pagas la diferencia; si ganaste menos, se te devuelve. No es una cuota cerrada.
Existe además la tarifa plana para nuevas altas, con una cuota reducida durante los primeros meses y una posible prórroga si los rendimientos quedan por debajo del salario mínimo.
Los importes y los tramos se revisan periódicamente. Consulta la Seguridad Social antes de basarte en una cifra concreta.
El error clásico es dividir un sueldo anual entre 220 días. Así sales muy por debajo.
Una persona asalariada a jornada completa trabaja unos 215 o 220 días al año y cobra por todos, vacaciones y bajas incluidas. Un autónomo factura solo una parte.
Cuenta entre 150 y 190 días facturables al año a dedicación completa. El resto se va en captación de clientes, administración, formación y los periodos sin encargos.
Lo que un asalariado no paga y tú sí: vacaciones, bajas, jubilación complementaria, formación, seguros, material, gestoría y el tiempo entre proyectos.
La cobertura por incapacidad temporal del autónomo existe pero suele ser modesta en relación con los ingresos, así que muchos contratan una cobertura privada complementaria. Es el gasto que más se olvida y el más caro de no tener.
Además de la cuota, tienes dos obligaciones fiscales periódicas.
El IRPF: pagos fraccionados trimestrales sobre el rendimiento, salvo que la mayoría de tus facturas lleven retención, en cuyo caso puedes quedar exento de presentarlos. Tus clientes empresas te retienen un porcentaje en factura, que es un anticipo del impuesto.
El IVA: lo repercutes, lo cobras y lo liquidas trimestralmente. Ese dinero nunca ha sido tuyo.
La regla práctica: aparta entre un tercio y la mitad de cada cobro en una cuenta separada, IVA incluido.
Prevé además un colchón que cubra varios meses de gastos fijos, porque los plazos de pago se alargan y un cliente que paga tarde no es una excepción.
Esto es informativo y no constituye asesoramiento fiscal; una gestoría se amortiza pronto en cuanto la actividad crece.
Depende del tramo de rendimientos netos que declares. Desde 2023 no es una cuota fija y se regulariza al cerrar el ejercicio.
Una cuota reducida para nuevas altas durante los primeros meses, prorrogable si los rendimientos quedan bajo el salario mínimo.
Entre 150 y 190 a dedicación completa. El resto se va en captación, administración y periodos sin encargos.
Se regulariza al cerrar el ejercicio y pagas la diferencia.
Entre un tercio y la mitad de cada cobro, IVA incluido.
Una cobertura complementaria por incapacidad temporal y el tiempo entre proyectos.