Calcular el sueldo neto
De bruto a neto, con IRPF y pagas extra.
Sueldo e Impuestos
Consecuencias de una excedencia sin sueldo.
La diferencia entre ellas es la que decide si conservas tu puesto.
| Tipo | Reserva de puesto |
|---|---|
| Voluntaria | solo derecho preferente al reingreso |
| Por cuidado de hijos | el primer año, puesto reservado |
| Por cuidado de familiares | el primer año, puesto reservado |
| Por funciones sindicales | reserva mientras dure |
La excedencia voluntaria es la más frecuente y la menos protegida: no reserva tu puesto, solo te da un derecho preferente a reingresar cuando haya una vacante de tu categoría o similar. Puede ocurrir que no haya vacante y no vuelvas.
Requiere al menos un año de antigüedad, dura entre cuatro meses y cinco años, y no se puede solicitar otra hasta pasados cuatro años desde el final de la anterior.
La excedencia por cuidado de hijos dura hasta que el menor cumple tres años, con reserva del mismo puesto durante el primer año y de un puesto del mismo grupo después. La de cuidado de familiares tiene su propia duración máxima.
La pérdida de sueldo es la parte visible. El resto se descubre después.
No se cotiza a la Seguridad Social durante una excedencia voluntaria, así que no generas derechos de jubilación ni de desempleo por ese periodo. Puedes suscribir un convenio especial con la Seguridad Social para seguir cotizando por tu cuenta.
En la excedencia por cuidado de hijos o familiares, en cambio, una parte del periodo se considera cotizada a efectos de determinadas prestaciones. Es una diferencia sustancial respecto a la voluntaria.
No se generan vacaciones durante el periodo sin trabajo efectivo.
La antigüedad se computa en la excedencia por cuidado de hijos, pero no en la voluntaria.
La asistencia sanitaria pública se mantiene, pero comprueba tu situación si la excedencia se prolonga.
Antes de pedir una excedencia, conviene saber que existen permisos retribuidos regulados por ley.
El Estatuto de los Trabajadores reconoce permisos retribuidos por matrimonio, por fallecimiento o enfermedad grave de familiares, por traslado de domicilio, por cumplimiento de deberes públicos y para exámenes prenatales, entre otros.
Existe además un permiso por causa de fuerza mayor familiar de varias horas al año, y el permiso parental para el cuidado de menores, cuya duración y condiciones han sido objeto de cambios recientes.
El nacimiento y cuidado de menor tiene su propia prestación de la Seguridad Social, con duración igual para ambos progenitores.
Consulta las condiciones vigentes en el Ministerio de Trabajo o en la Seguridad Social antes de renunciar al sueldo por una vía menos protegida.
Deja siempre por escrito el acuerdo de excedencia, con las fechas y las condiciones de reingreso. Esto es informativo y no constituye asesoramiento jurídico.
No. Solo tienes derecho preferente al reingreso cuando haya una vacante de tu categoría.
Entre cuatro meses y cinco años, con al menos un año de antigüedad previa.
En la voluntaria no. Puedes suscribir un convenio especial con la Seguridad Social.
Reserva el puesto el primer año y parte del periodo se considera cotizado.
No durante el periodo sin trabajo efectivo.
Sí, varios están regulados por ley. Consúltalos antes de renunciar al sueldo.